La Aerotermia es uno de los sistemas más eficientes para producir de calor, gracias a la energía del aire. El sistema de aerotermia es un sistema respetuoso con el medio ambiente ya que parte de la energía la consigue del aire exterior que es totalmente gratuito y ecológico. Esta energía es inagotable y renovable. Todos los sistemas de recuperación del aire así como de todos los fluidos que se utilizan en este sistema no producen efectos negativos en la capa de ozono.
Las bombas de calor aerotérmicas son generadores de calor que no utilizan energía fósil, sino que recuperan energía procedente del aire exterior. Constan de las siguientes partes. Una unidad termodinámica instalada en el exterior que es la encargada de absorber la energía contenida en el aire (energía renovable), y de un módulo hidráulico ubicado en el interior que ceder al circuito de calefacción toda la energía recuperada por la unidad termodinámica. Por ello, sus ventajas y beneficios frente a otros sistemas tradicionales como por ejemplo la biomasa o el gasóleo, son muy significativos.
La aerotermia está incluida dentro del grupo de las energías procedentes de fuentes renovables según la Directiva Europea 2009/28/CE.
La instalación de los equipos es sencilla sin necesidad de chimeneas ni depósitos de combustibles y con un mantenimiento casi inexistente.
No existe riesgo en el entorno familiar ya que no hay emisiones contaminantes nocivas para la salud, depósitos de combustibles ni quemadores.
Este sistema es capaz de ahorrar cerca del 80% de la energía requerida por la instalación.
El rendimiento de la instalación es excepcional y por cada kW consumido, la aerotermia es capaz multiplica hasta por 5 su poder calorífico. Consiguiendo un importante ahorro en la factura eléctrica.
El Groupe Atlantic (Thermor, Ygnis, Atlantic) es especialista en Sistemas de Aerotermia que cuenta con un equipo de asesoramiento a técnicos e instaladores
Han puesto en marcha el Plan Renovair 2015 para la renovación de calderas por bomba de calor por otros nuevos más eficientes y respetuosos con el medio ambiente que resulta muy interesante.
Estoy construyendo una vivienda unifamiliar y pretendo instalar una bomba de calor; sustituye este sistema los paneles solares, y se puede justificar el CTE con ello ?
Como explica muy bien un interesante articulo en http://www.acenergia.es/...
La Sección HE-4 del Código Técnico de la Edificación (CTE), establece el requisito de una contribución solar mínima en la producción del agua caliente sanitaria (ACS) para edificios nuevos o rehabilitados, cuya cuantía depende de la zona climática, de la demanda total y del tipo de energía no renovable utilizada como apoyo. Esta cobertura solar mínima oscila entre un 30% para la zona climática I y un 70% para la zona V.
Por otra parte la Sección HE-4 del Código Técnico de la Edificación (CTE) establece que la energía solar térmica puede ser sustituida por otras fuentes de energía renovables, con una condición: que las emisiones de CO2 y el consumo de energía primaria no renovable de la instalación alternativa sean iguales o inferiores a los producidos por la instalación solar térmica y el sistema de referencia auxiliar de apoyo.